¿Cuál es la multa por conducir con el carnet caducado?
Si nos pillan conduciendo con el carnet caducado tendremos que pagar una multa económica. Para evitar este despiste te contamos cómo saber la fecha de caducidad, cuánto tiempo tienes de antelación para renovarlo, todos los trámites y lo que te costará.
Cuando circulamos en nuestro vehículo estamos obligados a llevar siempre encima tres documentos. El permiso de circulación, la Tarjeta de Inspección Técnica (ITV), que corresponden al coche y además el carnet de conducir. El carnet de conducir es el permiso administrativo que certifica que tenemos los conocimientos, las habilidades y el estado físico correcto para poder conducir un vehículo. Pero su vigencia es tan alta que podemos despistarnos a la hora de renovarlo.
¿Cuándo caduca el carnet de conducir y durante cuánto tiempo es válido?
El propio carnet de conducir nos indica la fecha de caducidad. En la parte delantera podemos ver nuestro nombre y apellido, la nacionalidad, la fecha de nacimiento y la fecha de expedición. Justo debajo, concretamente en el apartado 4b, nos indica la fecha de caducidad, y si le damos la vuelta al carnet tendremos algo más. En la sección 12, observaciones, encontramos las restricciones o limitaciones que debemos respetar, como llevar gafas, limitar la conducción nocturna o adaptaciones que debamos hacer en el vehículo para poder conducir.
Debemos tener en cuenta que los permisos más comunes, entre los cuales está el permiso B que es el de coche, tienen una validez de 10 años desde la fecha de expedición o desde la última fecha de renovación. Esto es algo que aplica también para los permisos AM, A1, A2, A, B1 y BE. Sin embargo, los de categoría C1, C1 +, E, C, C +, E, D1, D1 + E, D y D + E tienen una validez de 5 años.
Por otro lado, esto es algo que depende también de nuestra edad. Si tenemos más de 65 años, entonces los plazos serán de 5 años para los que comentábamos antes que tienen una validez de 10 años, mientras que dispondremos de 3 años de validez para los permisos con 5 años de validez para menores de 65 años.
¿Qué multa nos pueden poner si nuestro carnet de conducir está caducado?
Hay multa por tener el carnet de conducir caducado, pero siempre y cuando te pillen conduciendo. Si tienes el carnet caducado, mientras no conduzcas no pasa absolutamente nada, y aunque pase el tiempo seguirá sin tener consecuencias porque siempre podrás renovarlo siguiendo el mismo procedimiento sin ningún tipo de traba o sanción.
Pero en caso de que nos pillen conduciendo con el carnet caducado nos enfrentamos a una multa de 200 euros sin pérdida de puntos en el carnet, ya que se considera un desacato de tipo administrativo grave. Además, las autoridades pueden inmovilizar el vehículo hasta que llegue un conductor con el carnet vigente.
En caso de tener un accidente conduciendo con el carnet caducado tendremos además, problemas con la aseguradora, ya que es uno de los supuestos, como el de conducir bajo los efectos del alcohol, en los que se puede negar a pagar los daños. Puede suponer que tengamos que asumir los costes de reparación de nuestro vehículo, el de otro vehículo si lo dañamos, además de los daños personales, gastos médicos e indemnizaciones si se decretaran.
¿Cómo renovar el carnet de conducir y evitar la multa de 200 euros?
Como los plazos de vigencia son tan largos, es fácil olvidarse de hacer la renovación. Lo mejor es que te anticipes y revises la fecha de caducidad del permiso de conducción. De esta manera podemos planificar su renovación con tiempo. Para ello disponemos de un plazo antes de la fecha de caducidad de tres meses.
Esto quiere decir que tres meses antes de llegar a la fecha de caducidad de nuestro permiso, tenemos la posibilidad de renovarlo. Así, cuando llegue la fecha no tendremos ningún problema y podremos seguir conduciendo sin riesgo de tener que pagar la multa de 200 euros ni tener disputas con la aseguradora.
La renovación es sencilla y puedes hacerla de tres formas.
Renovar el permiso de conducir en un centro médico autorizado
La primera opción es hacerlo en un centro médico autorizado por la DGT. Es la más cómoda ya que haremos todo el trámite en una sola mañana y en el mismo lugar.
Sólo necesitarás el DNI, pasaporte o permiso de residencia que demuestre tu identidad y residencia. Te harán una foto, pasarás el reconocimiento médico, las pruebas de habilidad pertinentes y te darán un formulario para que lo rellenes. Ellos tramitan la petición a Tráfico y mientras esperas a recibir por correo tu nuevo permiso de conducir, recibirás un certificado provisional con una validez de 90 días para seguir conduciendo.
El precio del reconocimiento se sitúa entre los 40 y los 80 euros dependiendo de la ciudad, por lo que es recomendable consultar antes los precios para poder ahorrarnos algún dinero. Además la tasa de la DGT es de 24,58 euros.
Renovar el permiso de conducir en Tráfico
La segunda opción es renovar el carnet en la Jefatura de Tráfico de tu provincia. Sin embargo antes debes acudir a un centro médico para conseguir el certificado médico que ellos mismos envían a la DGT.
Ya en la Jefatura de Tráfico, hay que rellenar la solicitud, pagar la tasa 4.3, acreditar tu identidad y residencia, llevar una foto de carnet original y actual, tamaño 31×26 mm, a color, frontal y con fondo blanco y rellenar y firmar el talón foto.
El talón foto es una cartulina en la que figuran nuestros datos personales, fecha de presentación y una foto con un rectángulo en el que deberás firmar. Lo puedes obtener en el mismo centro donde hiciste el reconocimiento médico.
Renovar el permiso de conducir desde el extranjero
Si vives en el extranjero y necesitas renovar el carnet, puedes hacerlo a través de la embajada o consulado de España más cercano. Es similar a hacerlo en la jefatura de Tráfico.
Para ello debes presentarte con la copia del resguardo del pago de la tasa 4.3, un informe de aptitud psicofísica emitido por un médico del país donde residas, que especifique que se está apto para la conducción, una foto original actual como la que indicamos para la renovación en Tráfico y el talón foto bien cumplimentado y firmado que te facilitarán en la embajada o consulado.
En resumen, una vez hecho el trámite, te llegará el nuevo permiso de conducir por correo postal con una validez de 10 años como máximo. Mientras, te facilitarán un certificado de 90 días que te permite conducir sin miedo a una multa.