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Naciones Unidas crea un reglamento para regular la conducción autónoma de nivel 3

Un total de 60 países han adoptado el nuevo Reglamento de Naciones Unidas para la introducción segura de vehículos autónomos en determinadas situaciones de tráfico, el cual establece una serie de estrictos requisitos para los asistentes automatizados de mantenimiento de carril, los cuales una vez activados tomarán el control básico del vehículo.

Esta primera norma internacional, que ha sido adoptada por el Foro Mundial de Naciones Unida para la Armonización de la Reglamentación sobre Vehículos, es la primera normativa internacional vinculante sobre el nivel 3 de autonomía, lo que supone un enorme impulso para la implantación de los vehículos autónomos de cara al futuro.

De acuerdo con la normativa, los sistemas de mantenimiento de carril podrán ser activados en aquellas carreteras en las que peatones y ciclistas no estén permitidos y que cuenten con una separación física que divida el tráfico que circula en sentidos opuestos. Por el momento el Reglamento limita la velocidad operacional de este tipo de sistemas a un máximo de 60 km/h. El Gobierno de Japón comenzará a aplicar el reglamento a partir de junio de 2020, mientras que en la Unión Europa entrará en vigor en enero de 2021.

El Reglamento establece entre otras cosas que las pantallas que emplee el conductor para realizar otras actividades cuando el asistente esté en funcionamiento deberán suspenderse automáticamente tan rápido como el sistema pida al conductor que retome el control, algo que puede ocurrir por ejemplo cuando se esté alcanzando el final de un tramo de carretera autorizado.

Por otro lado, también se incluye que el sistema debe ser capaz de detener el vehículo en caso de que el conductor no responda correctamente. El Reglamento define normas de seguridad para maniobras de emergencia en caso de colisión inminente, para solicitudes de transición cuando el sistema necesite que el conductor retome el control, y para maniobras de riesgo mínimo cuando el conductor no responda a la solicitud de transición.

Así, el Reglamento obliga a los fabricantes a introducir sistemas de reconocimiento de la disponibilidad del conductor, los cuales deben controlar su presencia y su capacidad para tomar el volante. Las marcas también deben equipar los vehículos con una caja negra (DSSAD o Data Storage System for Automated Driving) para registrar cuando el sistema de mantenimiento de carril está activado.

Los criterios de activación del sistema de mantenimiento de carril serán los siguientes:

  • El conductor está en su asiento con el cinturón abrochado.
  • El conductor está disponible para tomar el control de la conducción.
  • No se detecta ningún fallo que afecte a la operación segura o a algunas funcionalidades del sistema.
  • El DSSAD está operativo.
  • Confirmación positiva del sistema de chequeo automático.
  • El vehículo se encuentra en carreteras en las que peatones y ciclistas están prohibidos y que están equipadas con una separación física que divida el tráfico que circula en direcciones opuestas.
  • Las condiciones medioambientales e infraestructurales permiten la operación.

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