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Multa de 875 millones de euros de la Comisión Europea al «cártel» de los fabricantes alemanes por frenar la reducción de emisiones

Los fabricantes tradicionales han sido descubiertos y sancionados por parte de la Comisión Europea, tras identificar nuevas infracciones de las normas antimonopolio de la Unión Europea por parte da los principales nombres de la industria del automóvil germana, que han actuado como si de un «cártel» se tratara.

Según la UE, Daimler, BMW y el grupo Volkswagen se han confabulado durante cinco años para evitar la competencia respecto al «evitar competir, reducir y eliminar más de lo que exige la ley a pesar de que la tecnología clave estaba disponible«, según ha afirmado la propia Comisión Europea.

El escándalo es mayúsculo puesto que «los cinco fabricantes de automóviles Daimler, BMW, Volkswagen, Audi y Porsche poseían la tecnología para reducir las emisiones nocivas más allá de lo que se requería legalmente en las normas de emisiones de la UE«, ha declarado la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión, Margrethe Vestager.

Fabricantes «confabulan» como un «cártel«

La vicepresidenta ha explicado el modus operandi de este «cártel» que Bruselas «no tolera«, como la ha definido la propia Comisión Europea en su nota de prensa. «La decisión de hoy es sobre cómo la cooperación técnica legítima salió mal. Y no lo toleramos cuando las empresas se confabulan«.

Para Vestager la nueva acción ilícita de los fabricantes tradicionales alemanes «es ilegal según las normas antimonopolio de la UE. La competencia y la innovación en la gestión de la contaminación de los automóviles son esenciales para que Europa cumpla con nuestros ambiciosos objetivos del Pacto Verde. Y esta decisión demuestra que no dudaremos en tomar medidas contra todas las formas de conducta de los cárteles que ponen en peligro este objetivo«.

Este escándalo se une a los trucajes de las emisiones, dieselgate y otras prácticas a las que presuntamente se han vuelto adictos los fabricantes tradicionales germanos, que frenan los esfuerzos de Europa y las economías mundiales, para reducir las emisiones nocivas para la ciudadanía y el medioambiente.

Frenando el progreso

Los fabricantes de automóviles celebraron reuniones técnicas periódicas para discutir el desarrollo de la tecnología de reducción catalítica selectiva (SCR), que elimina las emisiones dañinas de óxido de nitrógeno (NOx) de los automóviles de pasajeros diésel, a través de la inyección de urea (también llamada «AdBlue») en la corriente de gases de escape.

Durante estas reuniones, y durante más de cinco años, los fabricantes de automóviles se confabularon para evitar la competencia en una limpieza mayor de la exigida por la ley, a pesar de que la tecnología relevante está disponible y al alcance de sus manos.

La Comisión indica que específicamente, Daimler, BMW y el grupo Volkswagen llegaron a un acuerdo sobre los tamaños, gamas de tanques AdBlue y un entendimiento común sobre el consumo promedio estimado de AdBlue.

También intercambiaron información comercialmente sensible sobre estos elementos. De este modo, eliminaron la incertidumbre sobre su conducta futura en el mercado con respecto a la limpieza de emisiones de NOx, más allá y por encima de los requisitos legales (los llamados «sobrecumplimientos») y las gamas de recarga de AdBlue.

Restringiendo la competencia

Estas actuaciones demostradas por la Comisión Europea, han tenido como consecuencia una restricción de la competencia en las características del producto relevantes para los clientes.

Esa conducta constituye una infracción por objeto en forma de limitación del desarrollo técnico, un tipo de infracción a que se refieren explícitamente el artículo 101, apartado 1, letra b), del Tratado y el artículo 53, apartado 1, letra b), del Acuerdo del Espacio Económico Europeo (EEE).

La conducta tuvo lugar entre el 25 de junio de 2009 y el 1 de octubre de 2014.

Multas millonarias

Todas las partes reconocieron su participación en el cártel y han acordado resolver el caso. Finalmente la Comisión Europea ha impuesto una multa de 875.189.000 euros.

Al fijar el nivel de las multas, la Comisión ha tenido en cuenta el valor de las ventas de automóviles de pasajeros diesel equipados con sistemas SCR por parte en el EEE en 2013 (el último año completo de infracción), la gravedad de la infracción y el alcance geográfico.

Pese a todo se ha aplicado una reducción adicional para todas las partes, dado que esta es la primera decisión de prohibición de «cártel» basada únicamente en una restricción del desarrollo técnico y no en la fijación de precios, la distribución del mercado o la asignación de clientes.

El importe de la reducción del 20% tiene en cuenta que este tipo de conducta está expresamente prohibida por el artículo 101, apartado 1, letra b), del Tratado.

Las multas se han fijado sobre la base de las Directrices de 2006 de la Comisión sobre multas (véase también MEMO).

Culpables e indultados

Daimler no ha sido multada, ya que reveló la existencia del cártel a la Comisión. Las multas se fijaron sobre la base de las Directrices de 2006 de la Comisión sobre multas.

Se aplicó una reducción adicional para todas las partes, dado que esta es la primera decisión de prohibición de cártel basada únicamente en una restricción del desarrollo técnico y no en la fijación de precios, la distribución del mercado o la asignación de clientes.

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Fuente | Comisión Europea

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