Declaración de la Renta 2023: la nueva deducción fiscal temporal a la que puedes acogerte si has comprado un coche eléctrico

Declaración de la Renta 2023: la nueva deducción fiscal temporal a la que puedes acogerte si has comprado un coche eléctrico
Esto es lo que debes saber si has comprado un coche eléctrico en 2023 de cara a la Declaración de la Renta. Foto: Freepik.

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Publicado: 01/04/2024 11:17

Este 3 de abril de 2024 se inicia una nueva campaña de Declaración de la Renta, que terminará el próximo 1 de julio. Si has comprado un coche eléctrico nuevo en 2023, hay varios detalles que debes tener muy en cuenta, sobre todo considerando que hay una nueva deducción fiscal a la que podrías tener acceso y que, seguro, te interesa.

Han pasado ya unos meses, pero quizás se te puede haber olvidado que en junio de 2023 se publicó en el BOE una deducción fiscal «temporal» para todos aquellos que han adquirido un coche eléctrico entre el 30 de junio y el 31 de diciembre, y que se extenderá hasta finales de este año (tenlo en cuenta para la Renta del año próximo).

Esta nueva deducción fiscal permitirá desgravar hasta el 15% en el IRPF del valor de la compra del vehículo, con un tope de 3.000 euros. También hay una deducción del 15% en el IRPF por la instalación de un punto de recarga en el domicilio, en este caso con un límite de 4.000 euros.

IRPF y MOVES III: muy atento

Si has comprado un coche eléctrico del 30 de junio en adelante, o estás en proceso de compra, podrás acceder a esta deducción, aunque hay varios detalles que debes tener en cuenta. Por ejemplo, las categorías de vehículos incluidas: los eléctricos puros (BEV), los híbridos enchufables (PHEV), los eléctricos de autonomía extendida (EREV) y los eléctricos de pila de combustible (FCEV), tanto en categorías de turismos, cuadriciclos y motocicletas.

Eso sí, hay una condición indispensable: solo se puede acceder a esta deducción fiscal si el coche está destinado a un uso particular. «No podrán estar afectos a una actividad económica», avisa la Agencia Tributaria. No se incluyen, pues, los empleados con fines laborales o de alquiler, pero ojo: si se adquiere para uso particular y se le termina dando un uso profesional, «se perderán las deducción practicadas».

En el caso de la adquisición de los vehículos eléctricos, se puede recuperar un 15% del valor del vehículo con el tope antes mencionado de 3.000 euros, con una base de deducción que no podrá exceder los 20.000 euros y en los que se incluye el propio valor de adquisición, los gastos y los impuestos, habiendo descontados las cuantías por ayudas públicas.

Los compradores que hayan abonado más del 25% del precio antes del 31 de diciembre de 2023, y siempre que se termine de pagar el total del coche antes de 2026, también podrán acceder a esta deducción del 15% en el IRPF para la Declaración de la Renta 2023.

Según datos de AEDIVE y de GANVAM, unos 64.400 vehículos en España se pueden beneficiar de esta medida fiscal que la Agencia Tributaria nos recuerda que es «temporal», por lo pronto hasta finales de este año. Una ayuda extra para los compradores que seguro que valorarán, pero que debería extenderse también al sector profesional si de verdad se quiere dar un impulso importante en la transición al vehículo eléctrico.

Respecto a las ayudas a la compra de coches eléctricos nuevos, hay que recordar que las subvenciones públicas del Plan MOVES III se deberán declarar a Hacienda como ganancia patrimonial, por lo que están sujetas a gravamen e incrementarán la base imponible.