
¿Tu coche eléctrico no tiene la autonomía prometida? A este cliente le han devuelto el dinero de la compra
La justicia alemana ha dado la razón al propietario de un coche eléctrico que denunció una importante diferencia entre la autonomía anunciada y la obtenida en la práctica; el tribunal ordenó la devolución del importe pagado; una decisión que podría influir en futuras reclamaciones relacionadas con las cifras WLTP en Europa.

Una sentencia dictada en Alemania podría marcar un antes y un después en la forma en que fabricantes y concesionarios comunican la autonomía de sus coches eléctricos. Un propietario de un coche eléctrico ha conseguido la anulación del contrato de compra y la devolución del importe pagado después de demostrar que la autonomía real de su vehículo estaba muy lejos de las cifras anunciadas oficialmente.
El caso fue resuelto por el Tribunal Regional de Wuppertal, que dio la razón al cliente tras analizar las diferencias entre la autonomía homologada y la obtenida por el vehículo en una prueba independiente. La decisión abre un interesante debate sobre el valor legal de las cifras WLTP y sobre hasta qué punto los fabricantes deben responder cuando la experiencia real de uso se aleja demasiado de lo prometido.
Los hechos se remontan a la compra de un Peugeot e-2008 en 2021. Según la ficha técnica del modelo, la autonomía homologada se situaba entre 332 y 341 kilómetros según el ciclo WLTP. Sin embargo, el propietario aseguró que en su uso diario apenas podía recorrer unos 160 kilómetros, incluso circulando principalmente por ciudad, a velocidades moderadas y utilizando el modo Eco.

Ante la negativa del concesionario a aceptar una recompra o a ofrecer una solución satisfactoria, el cliente decidió acudir a los tribunales. Para determinar si existía realmente una desviación significativa, el juzgado ordenó una prueba técnica independiente reproduciendo las condiciones oficiales del ciclo WLTP vigente en el momento de la compra.
Los resultados fueron contundentes. El informe pericial determinó que el Peugeot e-2008 era capaz de recorrer un máximo de 282 kilómetros, una cifra que suponía un déficit del 18% respecto a la autonomía mínima anunciada por la marca.
A partir de estos datos, el tribunal consideró que existía un defecto relevante del producto. Los jueces concluyeron que las cifras WLTP publicadas por los fabricantes no pueden interpretarse únicamente como un elemento publicitario orientativo, sino que constituyen características del vehículo con valor contractual.
La sentencia también establece un criterio especialmente interesante. Los magistrados aplicaron un margen de tolerancia del 10%, inspirado en la jurisprudencia existente sobre consumos de combustible en vehículos térmicos. Según esta interpretación, si la autonomía obtenida bajo un protocolo estandarizado se desvía más allá de ese límite, puede considerarse que el vehículo presenta una falta de conformidad.
La defensa intentó justificar la pérdida de rendimiento alegando el desgaste natural de la batería con el paso del tiempo. Sin embargo, el tribunal rechazó este argumento al considerar que la degradación observada excedía ampliamente el umbral razonable fijado en un 2,5% anual. Además, el problema apareció durante el primer año de uso, lo que trasladó al vendedor la responsabilidad de demostrar que el vehículo era conforme con las características anunciadas.
Como resultado, el concesionario fue condenado a devolver al propietario 33.749,95 euros, más los intereses correspondientes, a cambio de la entrega del vehículo y la transferencia de su propiedad.
Una tendencia que también se está viendo en Francia

La resolución alemana no es un caso aislado. De hecho, guarda muchas similitudes con otra sentencia dictada anteriormente en Francia por la Audiencia de Toulouse.
En aquella ocasión, una empresa del sector de la construcción adquirió un Peugeot e-Partner para cubrir los desplazamientos diarios de uno de sus empleados. El fabricante anunciaba una autonomía oficial de 170 kilómetros, una cifra que sobre el papel permitía completar sin problemas una ruta habitual de unos 140 kilómetros.
La realidad fue muy distinta. El vehículo no era capaz de completar ese recorrido sin realizar recargas adicionales, ya que la autonomía real rondaba los 110 kilómetros. Las periciales judiciales realizadas durante el proceso concluyeron que existía una diferencia cercana al 23% respecto a las cifras facilitadas en el momento de la venta.
La justicia francesa terminó condenando al concesionario a devolver íntegramente el importe de compra del vehículo. El tribunal entendió que el vendedor había incumplido su obligación de información y asesoramiento, especialmente porque no explicó adecuadamente las limitaciones de las cifras WLTP en relación con las necesidades concretas manifestadas por el cliente antes de formalizar la compra.
Estos dos casos ponen de manifiesto una posición cada vez más exigente por parte de los tribunales europeos respecto a las autonomías anunciadas para los coches eléctricos. Aunque el ciclo WLTP nunca ha pretendido reproducir exactamente todas las condiciones reales de conducción y su principal función es permitir comparar vehículos bajo un mismo estándar, la justicia empieza a considerar que existe un límite a las diferencias que pueden aceptarse entre las cifras homologadas y el rendimiento real.
Una sentencia pionera que puede dar lugar a un cambio en el que los fabricantes comunican la autonomía de los coches eléctricos, y es que el ciclo WLTP es poco representativo de la realidad, y solo se logra en circunstancias muy concretas y favorables, por lo que las marcas deberían indicar también cifras más realistas para evitar malas experiencias, y denuncias.

